Reforma del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas
- 16 julio 2015
- Asesoría
El Consejo de Ministros del pasado 1 de julio de 2015 anunció la decisión de avanzar la rebaja del IRPF que estaban previstas para el 1 de enero de 2016, al presente mes de Julio.
El día 11 de Julio se publicó el Real Decreto 9/2015 por el que entraba en vigor dicha medida a partir del día 12 de Julio de 2015.
Principales Aspectos:
1.- Rentas del Trabajo: La reforma del IRPF contempla que los que obtengan menos de 12.000 euros anuales, no paguen este impuesto, y que el 72% de los contribuyentes, que son los que declaran menos de 24.000 euros, vean reducida su tributación alrededor del 23,5%, mientras que esa rebaja será del 19,3% para los contribuyentes con una renta menor a 30.000 euros.
2.- Rentas de Actividades Profesionales sujetas a Retención: La retención se reduce a partir del día 12 de Julio de 2015 al 15% y al tipo reducido del 7% en el supuesto de inicio de actividad.
3.- Rentas de Alquileres, Capitales Mobiliarios y Otros: sometidas hasta el momento a retención del 20%, a partir del día 12 de Julio de 2015, se aplicará el nuevo tipo del 19’5%.
Para mayor detalle de todas las variaciones de los porcentajes de retención, está disponible la nueva tabla de retenciones.
Las empresas que no lleguen a incluir las nuevas retenciones en la nómina de julio podrán regularizar la situación en la nómina de agosto.
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