Entrada en vigor del Impuesto sobre Activos No Productivos

El impuesto sobre los activos no productivos, que fue aprobado por La Ley 6/2017 del 9 de mayo y entró en vigor el 17 de mayo, tiene como objetivo grabar los bienes no productivos, así como determinados derechos que recaen sobre dichos bienes que forman parte del activo del sujeto pasivo.
 
El hecho de grabar unos activos no afectos a la actividad económica posibilita que las personas jurídicas sujetas al impuesto intenten utilizar su patrimonio de una forma más eficiente con la sustitución de activos improductivos por otros más rentables.
 
El impuesto sobre activos no productivos de las personas jurídicas tiene también el objetivo de reducir las prácticas actuales de evasión y elusión fiscal, que consisten en trasladar patrimonio personal a estructuras societarias para ocultar verdaderas titularidades y, por lo tanto, capacidades económicas.
 
¿Qué graba el impuesto sobre activos no productivos?
 
El impuesto de activos no productivos graba la tenencia del sujeto pasivo, en la fecha del devengo del impuesto, de los siguientes activos, siempre que no sean productivos y estén ubicados en Cataluña:
 
– Bienes inmuebles.
– Vehículos a motor con una potencia igual o superior a doscientos caballos.
– Embarcaciones de ocio.
– Aeronaves.
– Objetos de arte y antigüedades con un valor superior al establecido por la Ley del patrimonio histórico.
– Joyas.
 
Pueden leer más información en detalle sobre el impuesto de activos no productivos en la siguiente circular:
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Para más información o aclaración de dudas, pueden contactar con Virginia Cirera (virginia.cirera@cinc.es ).
 
Muy cordialmente,
 
CINC Asesoría de Empresas
 
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