Las claves del permiso de paternidad 2020: ¿cómo afecta a los autónomos?

Las medidas de conciliación laboral han mejorado en los últimos años, y un ejemplo de ello es la equiparación progresiva del permiso de paternidad al de maternidad. Antes, los padres sólo podían disfrutar de 15 días de descanso, que pasaron a ampliarse a 4 semanas en 2017, 5 semanas en 2018 y 8 semanas en 2019.
 
Este enero de 2020 se ha vuelto a ampliar el permiso de paternidad hasta las 12 semanas, y la previsión es que en 2021 se equipare al de 16 semanas.
 

¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los autónomos para disfrutar del permiso de paternidad?


Las condiciones que deben cumplir los trabajadores por cuenta propia para acceder al nuevo permiso de 12 semanas son las mismas que hasta ahora:
 
  • Deben estar dados de alta en la Seguridad Social y estar al corriente de sus pagos.
  • Hay que notificar el nacimiento (adopción o acogimiento) durante los 15 primeros días del hijo o hija en una oficina de la Seguridad Social. Hay que entregar la siguiente documentación: DNI, el informe médico del parto, el libro de familia o la certificación de la inscripción en el Registro Civil del niño. También es necesario rellenar el documento de situación de actividad que demuestra la actividad como autónomo, así como el número de cuenta en el que se debe hacer el ingreso de la prestación.
  • Es necesario haber cotizado un mínimo de 180 días durante los 7 años anteriores al momento en que se solicita la baja, o 360 días a lo largo de toda la vida laboral.

¿Qué cantidad de la prestación se percibe?


El autónomo tiene derecho a cobrar el equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal. En situaciones de adopción, o acogimiento, hay que presentar la resolución judicial que lo acredite.
 

Novedad: 4 semanas de baja obligatorias


 
En esta ocación, se incorpora una novedad: dentro de las 12 semanas de baja es obligatorio coger de descanso 4 semanas inmediatamente después del nacimiento del hijo o hija.
 
El resto de tiempo más allá de las 4 semanas obligatorias se pueden disfrutar de forma ininterrumpida durante las siguientes 8 semanas. También existe la posibilidad de que la madre ceda dos semanas más al padre y, por tanto, se conseguirían 14 semanas de permiso en total. La otra opción sería hacer un uso de este tiempo en diversos periodos de tiempo durante el primer año de vida del niño.
 
Si no se disfrutan de estas semanas de permiso durante los primeros 12 meses de vida del hijo o hija, se pierde el tiempo restante. Se puede solicitar la baja por semanas siempre y cuando se informe de los períodos escogidos, a tiempo completo o media jornada (reduciéndose la cuantía de manera proporcional).
 
Para cualquier aclaración o duda, puedes contactar con nuestro Departamento Laboral (laboral@cinc.es).
 
Cordialmente,
 
CINC Asesoría de Empresas
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