COVID-19: Recomendaciones en las situaciones de guarda compartida y régimen de comunicación y estancias establecido por resolución judicial

La Comisión de Derecho de Persona y Familia del Colegio de Abogados de Girona traslada las siguientes recomendaciones publicadas por el ICAB:
 
Los progenitores deben actuar ajustando el ejercicio de las responsabilidades parentales a las normas sanitarias.
 
La restricción de circulación de personas del Real Decreto que declara el Estado de Alarma prevé los servicios básicos, atención a personas dependientes y menores de edad. En este sentido, Protección Civil permite la circulación a efectos de los cambios en régimen de custodia compartida o "similares".
 
En los regímenes de custodia exclusiva de uno de los progenitores, a efectos de poder dar cumplimiento al régimen de comunicación y estancias, los progenitores deben consensuar las modificaciones oportunas de manera que se garanticen los derechos de los menores y se eviten al máximo los riesgos para la salud.
 
Si no es posible llegar a un consenso, se recomienda que deberá ser el progenitor custodio el que permanezca con el menor durante los 15 días del estado de alarma impidiendo de este modo (i) que los encuentros y visitas sin pernocta se puedan realizar en el espacio público y (ii) que las visitas y encuentros con pernocta supongan un traslado excesivo de los menores y un riesgo para el contagio de ambos familiares.
 
Estas recomendaciones se hacen sin perjuicio de poder dar cumplimiento al régimen de visitas mediante régimen telefónico, Skype y/u otros medios electrónicos, que son completamente necesarios para el contacto del menor con el progenitor no custodio, preservando así el derechos de los menores.
 
En los supuestos con hijos menores de edad de más de 12 años habrá que escuchar sus opiniones y explicarles las circunstancias excepcionales del momento.
 
Hay que advertir que en todo momento debe prevalecer el interés superior de los menores y en este caso, también, el de su salud, dando cumplimiento en todo momento a las directrices del Ministerio de Sanidad.

 

CINC
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