Cambios en las bases de cotización de los autónomos a partir de octubre

El próximo 30 de septiembre se acaba el plazo para solicitar la modificación de la base de cotización del Régimen especial de Trabajadores autónomos, según establece la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Esta medida tendrá efectos desde el 1 de octubre de 2022, dentro de los límites permitidos que mostramos en el cuadro de abajo.
 
El siguiente cambio se podrá solicitar antes y hasta el 31 de diciembre de 2022, y tendrá efectos a partir del 1 de enero 2023.
 
Mostramos, a modo de ejemplo, una escala comparativa con algunas opciones con los importes vigentes en 2022:

Aprovechamos para recordar que, a partir del 1 de enero de 2023, con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por ingresos reales de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, quienes estén incluidos dentro del campo de aplicación del RETA podrán cambiar hasta seis veces al año la base por la cual estuvieran obligados a cotizar. Por lo tanto, se les permitirá elegir otra dentro de los límites mínimos y máximos que resulten aplicables a cada ejercicio, siempre que así lo soliciten a la Seguridad Social, junto con la solicitud de cambio de su base de cotización mensual.
 
Además, también tienen que efectuar una declaración de la media mensual de los rendimientos económicos netos anuales que prevean obtener por su actividad económica o profesional el año natural en que tenga efectos este cambio de base de cotización.
 
CINC
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