Aplazamiento de deudas tributarias ante la situación del COVID-19

En relación a la crisis del COVID-19, se han aprobado medidas extraordinarias con el objeto de paliar tensiones de tesorería de pymes y autónomos. Entre ellas, se permitirá el aplazamiento de deudas tributarias derivadas de autoliquidaciones y declaraciones tributarias que deban ingresarse desde el 13 de marzo de 2020 hasta el 30 de mayo de 2020.
 

Deudas que podrán aplazarse:


 
1) Podrán aplazarse las deudas tributarias nacidas por autoliquidaciones y declaraciones cuyo plazo de presentación e ingreso vaya de 13 de marzo de 2020 hasta 30 de mayo de 2020, ambos inclusive.
 
2) Aplica también a retenciones y pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
 
3) Las deudas tributarias aplazadas no deben superar los 30.000 euros en su conjunto.
 
4) Únicamente pueden acogerse pymes y autónomos cuyo volumen de operaciones no supere los 6.010.121,04 euros en el año 2019.
 
5) Condiciones del aplazamiento:
 
a. El plazo será de 6 meses
b. No se devengarán intereses de demora durante los tres primeros meses.
 
Para cualquier duda, podéis contactar con nuestro Departamento Fiscal (cinc@cinc.es).
 
Cordialmente,
 
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