Contrato temporal para paliar el paro
- 31 agosto 2011
- Asesoría
Imagen: José Blanco y Valeriano Gómez. (AFP)
Bajo la afirmación “Preferimos tener un trabajador temporal antes que a un parado» expuesta por el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, suspende temporalmente hasta el 31 de diciembre de 2013 la obligación que había hasta ahora de convertir automáticamente los contratos temporales en fijos una vez que se hubieran cumplido dos años. Hasta 2013, por tanto, los empresarios podrán encadenar contratos temporales de forma indefinida.
También en esa línea de empleo a cualquier precio, se modifican los contratos de formación y aprendizaje. A partir de ahora se podrá realizar, con carácter general, con mayores de 16 y menores de 25 años sin cualificación profesional (sin título de ESO o que, aún teniéndolo, carezcan de título universitario, de formación profesional o un certificado de profesionalidad). Pero además, y de forma transitoria (hasta el 31 de diciembre de 2013) también se podrá realizar con mayores de 25 y hasta 30 años.
La jornada laboral será del 75% de la jornada laboral habitual en la empresa frente al 85% previsto en el antiguo contrato, destinando el resto a clases en centros de aprendizaje. Su duración mínima será de un año y la máxima de dos y podrá prorrogarse por doce meses más, en función del proceso formativo, teniendo derecho a toda la acción protectora de la Seguridad Social, incluida la protección por desempleo, y del Fogasa.
Las empresas de hasta 250 trabajadores se podrán deducir el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social si contratan desempleados con este tipo de contrato. Las firmas mayores tendrán una reducción del 75%. Con objeto de resultar atractivo, cuando el contrato suponga incremento del empleo, la empresa tendrá una reducción del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato si se contrata a personas desempleadas. La reducción será del 75% para empresas de más de 250 trabajadores.
Además, para favorecer su conversión en contratos indefinidos, las empresas tendrán derecho a una reducción de la cotización social de 1.500 euros anuales durante tres años (1.800 euros anuales en caso de contratar a mujeres), cuando a su finalización el contrato de formación y el aprendizaje se transforme en un contrato indefinido y suponga creación de empleo fijo en la empresa.
Fuente: El País