COVID-19: Nuevas medidas fiscales y financieras en el marco de la política económica de urgencia

El martes 24 de marzo se ha reunido el Consejo de Ministros para adoptar medidas concretas de política económica de urgencia con el fin de frenar las consecuencias negativas del estado de alarma decretado por el Gobierno español ante la situación generada por el COVID-19. Asimismo, el Gobierno de la Generalitat también ha adoptado nuevos Acuerdos de Gobierno con medidas extraordinarias mientras dure esta situación excepcional.
 

Medidas fiscales y financieras presentadas por el Gobierno español:


 
1. Características del primer tramo de la línea de avales del ICO:
 

a. Se destina a empresas y autónomos. Importe de activado: 20.000 millones de euros: el 50% destinado a autónomos y pymes y el 50% restante en el resto de empresas.
 
b. Pueden solicitar el aval las empresas y los autónomos perjudicados por los efectos económicos del COVID-19 siempre que:
 
  •  A 31 de diciembre no estuvieran en situación de morosidad
  • No estuvieran en procedimiento concursal inicial a 17 de marzo
c. El aval tendrá carácter retroactivo, es decir, se aborda también para operaciones anteriores a la entrada en vigor del RDL 8/2020.
 
d. Garantía del aval:
 
  • 80% del riesgo autónomos y pymes
  • 70% del riesgo resto de empresas
  • 60% renovaciones de préstamos
e. La garantía del aval concedido tendrá la misma vigencia que el préstamo (hasta un máximo de 5 años).
f. El coste del aval lo asumirá la entidad bancaria.
g. Plazo para solicitar el aval:
y. Autónomos y pymes hasta el 30 de septiembre 2020.
h. Las entidades financieras se han comprometido a mantener el coste de los nuevos préstamos con aval ICO como estábamos antes de la crisis COVID-19.
 

Medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Cataluña:


 
2. Reducción del 50% del canon del agua:
 
a. beneficiarios:
 
  • usuarios domésticos. Contribuyentes con tarifa social disfrutarán de un tipo de gravamen de 0 euros para todos los tramos de consumo.
  • usuarios industriales
  • actividades económicas
  • actividades ganaderas
b. Plazo: 2 meses, desde el 1 de abril al 31 de mayo
 
3. Se modifican las condiciones de la Línea de avales ICF- Avalis Liquidez: Amplían el riesgo asumido por el Gobierno del 75% al 80%.
 
4. En materia tributaria, el ATC anuncia que el plazo para la presentación e ingreso de las autoliquidaciones del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos del periodo 1 de octubre 2019-31 de marzo 2020; de manera excepcional será entre los días 1 y 20 de octubre de 2020.

 

 
 
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