¿Cuáles son las dudas más comunes a la hora de hacer la declaración de la renta?
- 04 junio 2015
- Asesoría
Como cada año, ya ha llegado nuestra cita con Hacienda, este año tenemos hasta el 30 de junio para hacer la declaración de la Renta, y nos invaden las dudas de siempre. El impuesto sobre la renta es un tributo enrevesado y es difícil por los contribuyentes poder identificar las novedades que nos afectan o los beneficios fiscales de los que nos podemos beneficiar.
¿Cuáles son los principales beneficios fiscales que recoge la ley del impuesto sobre la Renta?
• Deducción por alquiler de la vivienda habitual.
Es una de las deducciones más aplicadas. Permite una deducción del 10’05% del alquiler pagado hasta una base máxima de 9.050 euros al año. Esta deducción aplica sólo a los contribuyentes que tengan una base imponible inferior a 24.107 euros. Quien supere este importe, no podrá disfrutar de esta deducción. Esta deducción queda derogada a partir del 1 de enero de 2015. No obstante, se mantiene por los contratos de arrendamiento otorgados con anterioridad a 2015.
• Reducción por aportación a planes de pensiones.
La aportación de cantidades a planes de pensiones permite reducir la base imponible del impuesto hasta un máximo de 10.000 euros (o 12.500 euros para los mayores de 52 años). Con la nueva regulación, a partir de 2015 la reducción quedará limitada a 8.000 euros para todos.
• Deducción por donativos a entidades sin ánimo de lucro.
Los donativos a entidades sin ánimo de lucro gozan de una deducción del 25% del importe dado. Esta deducción aumenta al 27’5% en 2015 y al 30% en 2016. Además, en 2016 los donativos de hasta 150 euros disfrutarán de una deducción del 75%. Por lo tanto, hacer una deducción de 150 euros, en la práctica nos estará costando al bolsillo sólo 37’50 euros.
• Deducción por la adquisición de la vivienda habitual.
Fue la deducción estrella hasta el año 2013, año a partir del cual se derogó. No obstante, aquellos que adquirieron una casa con anterioridad al 1 de enero de 2013 se podrán seguir beneficiándose de la deducción por la compra de la vivienda habitual.
• Deducción por maternidad.
Aplicable a madres trabajadoras con hijos menores de 3 años. La deducción es de 100 euros al mes por cada hijo menor de 3 años. La deducción se puede pedir de forma anticipada y cobrarla mensualmente o bien, se puede consignar en la declaración de la Renta.
Novedades de cara a la declaración de la Renta de 2015?
El Gobierno aprobó una batería de reformas en el impuesto que han entrado en vigor el 1 de enero de 2015 y que tendremos que tener en cuenta de cara a la declaración que haremos el próximo año. Algunas de estas reformas son beneficiosas por el contribuyente y otros le van en contra. Entre las medidas aprobadas, cabe destacar las siguientes:
• Nueva deducción de 1.200 euros anuales para familias numerosas, familias monoparentales o familias con hijos con discapacidad. Se puede solicitar el cobro anticipado de esta deducción de forma mensual, 100 euros al mes, o bien consignarse a la renta de 2015.
• Para los propietarios de viviendas alquiladas, se elimina la exención del 100% de los rendimientos obtenidos por los alquileres destinados a jóvenes menores de 30 años. La reducción general del rendimiento derivado del alquiler de vivienda será del 60% independientemente de la edad del inquilino.
• Nueva exención de plusvalías para mayores de 65 años. Los contribuyentes mayores de 65 años, no tributarán por los beneficios obtenidos por la transmisión de cualquier bien de su patrimonio (acciones, inmuebles, fondos de inversión, etc.), siempre y cuando se reinvierta el capital obtenido en la constitución de rentas vitalicias en el plazo máximo de seis meses desde la obtención del beneficio.
• Eliminación de la exención de dividendos de 1.500 euros.
• Se reducen de forma escalonada los tipos de gravamen, una primera reducción en el 2015 y una segunda reducción en el 2016. Esta reducción supondrá que las rentas bajas (menos de 20.000 euros) pagarán menos impuestos a partir de 2015, así como las rentas altas ( a partir de 50.000 euros). El ahorro medio en impuestos estará alrededor del 1-2% anual. No obstante, las rentas entre 20.000 y 50.000 euros se les sube la tributación.
• Se elimina la distinción entre plusvalías generadas en más de un año y menos de un año, tributando todas por el tipo general del ahorro.
Para cualquier duda o aclaración pueden ponerse en contacto con Virginia Cirera virginia.cirera@cinc.com o al 972 505 100.