El 30 de septiembre finaliza el plazo para solicitar la devolución del IVA soportado en la Unión Europea

Recordamos que todas aquellas empresas y profesionales residentes en España que hayan estado en algún país de la Unión Europea tienen hasta el 30 de septiembre para poder recuperar el IVA soportado durante el año 2019 en los gastos que hayan realizado durante la estancia en el extranjero.
 
¿Cuál es el plazo para solicitar la devolución?
 
El plazo para la presentación de la solicitud de devolución se inicia el día siguiente al final de cada trimestre natural o de cada año natural y finaliza el 30 de septiembre siguiente al año natural en que se hayan soportado las cuotas.
 
¿Como se puede solicitar la devolución del IVA soportado en un país comunitario?
 
La presentación deberá realizarse a través del modelo 360 por vía telemática antes del 30 de septiembre, o bien a través de un tercero que tenga autorización para recibir las notificaciones telemáticas del contribuyente.
 
¿Cuál es la cuantía mínima de la devolución de la solicitud?
 
El importe total de la devolución deberá superar los 400 euros y, cuando el período de referencia sea el año natural, no se admitirán las solicitudes de devolución por un importe inferior a 50 euros.
 
Para cualquier duda, ponte en contacto con el Departamento Fiscal de CINC Asesoría (cinc@cinc.com).

 

CINC
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