¿Es posible cancelar un seguro vinculado a un préstamo?

Es frecuente que al contratar un préstamo el cliente se vea obligado a contratar un seguro de vida a cambio de  unas condiciones más favorables en la hipoteca o crédito. Sin embargo, estos seguros, ante la falta de competencia comercial en el momento de la contratación, tienen unas tarifas superiores a diferencia de las que podríamos encontrar a través de otros canales de distribución como, por ejemplo, los Corredores y Mediadores de seguros.
 
Dada la situación en la que el contrato de préstamo o crédito obligue a la firma de un contrato de seguro de vida con una entidad aseguradora, podemos optar por aceptarlo, aun sabiendo que el precio será superior, o bien ejercer el derecho de cancelar el seguro durante los 30 días posteriores a la primera contratación.
 
Según el artículo 83.a.1 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro: “El tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional”. 
 
Por lo tanto, será posible cancelar el seguro cuando sea de nueva contratación en un plazo de 30 días desde su primer inicio, sin tener que indicar el motivo. Además, la ley también garantiza el derecho a la devolución de la prima pagada: “La aseguradora devolverá la prima pagada reservándose el derecho de retener la parte proporcional de la prima gastada desde el día del efecto hasta que recibieron la solicitud de anulación”, según el artículo 83.a.3 de la Ley 50/1980.
 
Para el resto de casos en los que ya se esté pagando la prima con la póliza en vigor más de 30 días, se deberá solicitar la anulación de la póliza con una antelación de al menos 30 días antes de su vencimiento anual
 
En cualquiera de las dos situaciones mencionadas anteriormente, siempre se deberá enviar una carta certificada a la aseguradora que cubre el riesgo solicitando la cancelación del seguro dentro del plazo correspondiente.
 
Si actualmente tienes un seguro vinculado a un préstamo o crédito, déjanos aconsejarte y te ofreceremos una revisión de póliza en 48h sin compromiso.
 
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