Fomento de las empresas emergentes, bonificaciones respecto a las cotizaciones

El pasado 21 de diciembre se publicó la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes que incluye incentivos fiscales, laborales y administrativos. A su disposición final cuarta que modifica el Estatuto del Trabajo Autónomo, que afecta a las cotizaciones, establece la bonificación hasta el 100% de la cuota con los siguientes requisitos:
 
  • Las personas que trabajen por cuenta ajena y, de forma simultánea, además que estén dados de alta como autónomos por motivo de tener el control efectivo, directo o indirecto, de una empresa emergente, tendrán una bonificación del 100% de la cuota de autónomos correspondiente a la base mínima establecida cada año.
  • Esta bonificación la mantendrán durante los 3 primeros años, siempre que continúen con pluriactividad.
  • Estos tres años se cuentan desde el momento que se ha dado de alta como autónomo. Por lo tanto, podrían obtener esta bonificación los autónomos anteriores a la publicación de la ley, siempre que no lleven más de tres años desde que se dieron de alta y la bonificación durará hasta que como máximo lleven 3 años desde su alta como autónomos.
  • Esta bonificación se pedirá a la TGSS a través de sus programas informáticos habituales
 
Si estáis interesados en más información sobre el resto de aspectos de la ley que regula sobre todo temas administrativos, fiscales y de promoción de la inversión, consultad aquí y encontraréis un resumen de los puntos más relevantes de toda la normativa.
 
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