Inspecciones de Hacienda: cuáles son los motivos más habituales

Existen muchas razones por las cuales Hacienda puede hacer inspecciones sorpresa en el establecimiento de cualquier autónomo. Un descuadre en las cuentas o nivel de facturación fuera de lo común puede hacer sospechar a la Agencia Tributaria de la existencia de alguna irregularidad e irrumpir en el negocio.
 
Es común que este tipo de inspecciones se lleven a cabo de forma aleatoria para prevenir delitos de fraude fiscal. A continuación, te explicamos cuáles son las causas más frecuentes para recibir una inspección de Hacienda:
 
  1. Número elevado de gastos deducibles. Se trata de una práctica que muchos autónomos llevan a cabo para para pagar menos impuestos, y también uno de los principales motivos por los Hacienda decide llevar a cabo una inspección.  
  2. Pedir la devolución del IVA. Solicitar la devolución del IVA, especialmente cuando se trata de cantidades elevadas, también acostumbra a llamar la atención de la Agencia Tributaria. El motivo principal es que quiere comprobar que las cifras cuadran o existe algún error.
  3. Solicitar el NIF intracomunitario. El NIF comunitario es un número identificativo que permite realizar operaciones dentro de la Unión Europea sin tener que añadir el IVA.
  4. Olvidar presentar algún modelo tributario. La no presentación de algún modelo obligatorio para el autónomo también puede ser motivo de inspección o revisión por parte de la Agencia Tributaria.
  5. Solicitud de subvenciones. Este hecho puede dar lugar a su revisión, ya que Hacienda suele prestarles mucha atención para asegurarse de que han sido debidamente obtenidas y declaradas.  
  6. Descuadres entre los modelos trimestrales y los anuales. Los modelos trimestrales deben cuadrarse con sus correspondientes modelos anuales. En caso contrario, puede levantar las sospechas de Hacienda y motivar una Inspección.
  7. Inspecciones aleatorias. Existe un porcentaje bastante elevado de inspecciones que se producen al azar. Con el objetivo de detectar irregularidades contables, la Agencia Tributaria realiza inspecciones aleatorias de forma periódica a las pymes y autónomos.
 

¿Cómo actuar ante una inspección? ¿Qué derechos y obligaciones existen?


La Ley determina que los trabajadores autónomos deben cumplir con una serie de obligaciones y derechos cuando un inspector se presenta en su negocio para examinar su actividad.
 
Estas serían las obligaciones del autónomo:
 
  1. Debe permitir que el inspector acceda a las instalaciones del negocio siempre que cuente con una orden judicial. No es necesario, de hecho, que el autónomo esté presente durante la inspección.
  2. Si los agentes quieren acceder a los ordenadores del negocio, el autónomo no se podrá negar.
  3. Deberá facilitar todos los documentos tributarios que sean relevantes: libros contables, archivos informáticos, libros auxiliares, programas y facturas de ejercicios que no hayan prescrito.
  4. Se permitirá que el agente haga las copias de documentos o discos duro que considere, excepto aquellas que sean de carácter confidencial.
  5. Ser interrogado en cualquier momento, deberá limitarse a la verdad.
 
Además del cumplimiento de estas obligaciones, el autónomo también podrá acogerse a una serie de derechos:
 
  1. El autónomo tiene derecho a pedir la autorización escrita del inspector de Hacienda de la zona o domicilio fiscal antes de dejarle entrar en el local.
  2. Aunque el inspector cuente con una autorización, el autónomo puede negarle el acceso si así lo considera y solicitar una orden judicial.
  3. El domicilio particular se considera inviolable, según la Constitución. Por este motivo, si el autónomo trabaja desde casa sí será imprescindible esta orden judicial para poder llevar a cabo la inspección.
  4. En caso de disponer de un asesor fiscal o un abogado, tendrá derecho a postponer el proceso hasta que esté presente.
  5. Siempre podrá exigir la documentación y acreditación del inspector.
  6. Tendrá derecho a exigir que la inspección se lleve a cabo en horario comercial.
  7. Puede negarse a permitir el acceso a cajas fuertes, cajones con llave o similares que contengan documentos confidenciales que puedan afectar a la intimidad, al derecho a la inviolabilidad de correspondencia o al derecho a no declarar contra sí mismo. Este tipo de registros sí requieren una orden judicial.
  8. Al finalizar la inspección, cuando haya que firmar las diligencias, el autónomo puede negarse a ello si cree que el documento contiene errores e incongruencias.
 
CINC
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