Ley Beckham: un régimen fiscal ventajoso para atraer talento
- 09 septiembre 2022
- Asesoría
La Ley Beckham
Es un régimen fiscal cuyo objetivo es ofrecer una mejor tributación para aquellas personas que trasladen su residencia a España por motivos de trabajo.
Esta ley permite a los desplazados, tributar como no residente, hecho que se ve reflejado en la disminución de los importes a pagar en impuestos.
¿Qué requisitos hay que cumplir para beneficiarse de la Ley Beckham?
Para acogerse a la Ley Beckham, hay que cumplir una serie de condiciones:
- No haber residido en España en los últimos 10 años.
- Establecerte en España por motivos de trabajo, pero en las siguientes modalidades:
- Conseguir un trabajo previamente a entrar al país.
- Ser transferido a España por una empresa en el extranjero.
- Convertirte en director o administrador de una empresa con un porcentaje inferior al 25% en sus acciones.
- Tus obligaciones y responsabilidades laborales deben llevarse a cabo en España, y en caso de combinarlo con el extranjero, no pueden sobrepasar el 15% del total de dichas actividades.
- La empresa para la que trabajes tiene que ser española.
- Solicitas la aplicación de la Ley Beckham con un máximo de 6 meses después del inicio de la relación laboral.
¿En qué situaciones no es posible acogerse a este régimen?
Existen tres situaciones en que la persona no se podría beneficiar del régimen:
- Freelancers o autónomos
- Directores de empresas ubicadas en España que posean un porcentaje superior al 25% de capital de la misma.
¿Qué beneficios tiene la Ley Beckham?
Si cumples todos los requisitos mencionados anteriormente, estos son los beneficios que te ofrece la Ley Beckham:
- Reducción en el impuesto de la renta. Al ser considerado no residente fiscalmente, es aplicado un tipo reducido del 24% (hasta 600.00€ de ingresos netos).
- No se te aplican impuestos regionales a activos o rentas que puedas tener fuera del territorio español.
- No necesitarás pagar por las ganancias que puedas obtener de venta de activos o dividendos en el extranjero.
- Las ganancias obtenidas por ventas de activos en España serán pagadas a un tipo fijo del 19%.
- No necesitarás presentar el modelo 720, que consiste en la declaración de activos fuera del estado español con un valor superior a los 50.000€.
- Aplicación únicamente del impuesto sobre el patrimonio en propiedades que se mantengan en España, con un tipo impositivo entre el 0,2% y el 2,5%.
En CINC te asesoramos y ayudamos con todas tus gestiones, si tienes cualquier pregunta no dudes en ponerte en contacto con nosotros.