Línea de ayudas a emprendedores, autónomos y comercios 2014

Han salido publicadas, en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, la convocatoria y las bases reguladoras de la línea de ayudas en forma de garantía para el financiamiento empresarial de proyectos autónomos, micro, pequeñas y medianas empresas.

El objeto de estas bases, impulsadas por el Departamento de Empresa y Ocupación de la Generalitat de Catalunya, es regular la concesión de ayudas en forma de garantía para la financiación de proyectos de emprendedores, autónomos, micro, pequeñas y medianas empresas, para favorecer la competitividad de las empresas catalanas, y reactivar así la economía catalana mediante la línea de financiación de emprendedores, autónomos y comercios.

¿QUIÉN SE BENEFICIARÁ?

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayudas los autónomos, las micro, las pequeñas y medianas empresas con sede social o centro de trabajo en Cataluña.

TIPO DE PROYECTOS

1. Proyectos de inversión: la adquisición de uno o varios activos fijos, materiales o inmateriales, de los incluidos al grupo 2 del Plan general de contabilidad, adscritos a la consecución de una misma finalidad.

2. Proyectos de circulante: relativos a la actividad del día a día de la empresa como por ejemplo necesitados de tesorería, compra de stocks o financiación a clientes.

CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS

El Departamento de empresa y Ocupación, mediante el Instituto Catalán de Finanzas (ICF), responderá del 70% de la principal pendiente de cada operación formalizada a través de las entidades financieras colaboradoras (Banco de Sabadell o CaixaBank, sin perjuicio que el ICF pueda hacer convenios con otras entidades financieras).

Previamente a la formalización del préstamo por parte de las entidades financieras colaboradoras, la Dirección general correspondiente, en función de la línea de ayudas solicitada, tendrá que emitir la resolución favorable.

CONDICIONES DE LAS OPERACIONES (PRÉSTAMOS O LISINGS):

a) Tipo de interés: de 5,75 puntos.

b) El importe del préstamo será, como mínimo de 10.000 euros y como máximo de 100.000 euros por beneficiario.

c) El plazo del préstamo es de 5 años.

d) La carencia de amortización son 2 años, incluida en el plazo.

e) El préstamo se dispondrá íntegramente en el momento de la firma.

f) Las garantías serán aquellas que la entidad financiera colaboradora estime adecuadas y suficientes para garantizar la operación.

g) Las entidades no podrán imputar ninguna comisión a las operaciones con los beneficiarios finales, sacado de una comisión por apertura del 0,5% del importe del préstamo formalizado.

El plazo para la presentación de las solicitudes empieza el día 16 de abril y restará abierto hasta el día 31 de diciembre de 2014 o hasta el fin del presupuesto para estos conceptos.

QUIERO PRESENTAR LA SOLICITUD, ¿QUÉ DEBO HACER?

Para presentar las solicitudes podéis contactar a CINC Asesoría, puesto que somos promotores del Instituto Catalán de Finanzas y los podemos ayudar a preparar la documentación requerida.

Como promotores:

• Podemos ayudar a la empresa a discernir los diferentes productos de financiación más adecuadas de la ICF para poner en marcha sus proyectos

• Orientar las peticiones de los clientes potenciales hacia el canal de distribución más adecuada

• Hacer un primero filtro

• Apoyar al cliente a la hora de llenar los impresos y en la preparación de la documentación necesaria

• Presentar las solicitudes de financiación y acompañar la empresa en el proceso de solicitud

Quedamos a vuestra disposición.

CINC Asesoría

Barcelona – 933 030 060

Girona – 972 940 940

Figueres – 972 505 100

CINC
Este sitio web está registrado en wpml.org como sitio de desarrollo.