Medidas laborales del Real Decreto 35/2020, de 22 de diciembre

Se ha publicado en el BOE el Real Decreto-Ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria.
 

Nuevas exoneraciones de cuotas


Se regula una nueva exoneración de cuotas para las empresas con expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) de fuerza mayor, vigentes y prorrogados hasta el 31 de enero de 2021, tramitados según el artículo 22 del RDL 8/2020, de 17 de marzo, que tengan actividades clasificadas en los CNAE-09 y que detallamos a continuación:
 
  • 4634 Comercio mayorista de bebidas
  • 5610 Restaurantes y servicios de comida
  • 5630 Establecimientos de bebidas
  • 9104 Actividades de jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales
  • 9200 Juegos de azar y apuestas
Estas actividades quedan exoneradas de cotización por los trabajadores afectados en el expediente que reinicien su actividad a partir del 1 de diciembre, o que la hubieran reiniciado a partir del Real Decreto-Ley 18/2020, de 12 de mayo, por los períodos y porcentajes trabajados en este mes, y respecto a aquellos que estén suspendidos en diciembre de 2020 o en enero de 2021, para los períodos afectados por la suspensión.
 
La exoneración es del 85% (o del 75% si tiene 50 o más trabajadores a 29 de febrero) de la aportación empresarial a la seguridad social devengados en diciembre 2020 y en enero de 2021.
 
Estas exoneraciones son incompatibles con las previstas y aplicadas a los ERTE de impedimento y limitación, (artículo 2 del Real Decreto-Ley 30/2020, de 29 de septiembre) y les son de aplicación las normas previstas en esta normativa de tramitación y limitaciones aplicables (protección desempleo, interrupción del cómputo de duración máxima de los contratos temporales, horas extras dividendos, salvaguarda de empleo y externalizaciones de la actividad).
 

Personas trabajadoras fijas discontinuas


Las empresas con actividades encuadradas en los sectores de turismo, así como comercio y hostelería si están vinculados al sector turístico, que generen actividad productiva entre abril y octubre de 2021 y que inicien o mantengan en alta durante estos meses a personas trabajadoras fijas discontinuas podrán aplicar bonificaciones del 50% durante estos meses a la seguridad social para estas personas. Esta bonificación, en el futuro, será compatible con otras que se puedan disfrutar, sin que las exenciones y bonificaciones puedan superar el 100%.
 

Entrega a empleados de productos rebajados en cantinas o comedores, y fórmulas indirectas (ticket restaurante)


Se incluye en la exención de tributación, con los límites ya fijados, por la entrega de productos rebajados o con fórmulas indirectas, como el ticket restaurante, aunque el servicio se preste al propio establecimiento o fuera de éste (incluiría el comida para llevar), al propio centro de trabajo, o bien en el lugar elegido por el trabajador en los días en que haga trabajo a distancia o teletrabajo, que se modifica con efectos 1 de enero de 2020, la letra a) del apartado 3 del artículo 42 de la Ley 35/2006, del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
 

Devolución de cuotas por variaciones o errores comunicados fuera de plazo


Se modifica la Ley General de Seguridad Social, de forma que cuando corresponda devolución de cuotas a las empresas o trabajadores por variación o corrección de datos aportados (por error), fuera del plazo reglamentario sólo se tendrá derecho al retorno de los ingresos indebidos de los tres meses anteriores a la fecha de comunicación.

 

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