Novedades tributarias: nuevo modelo 190 y modificaciones de los modelos 171, 184, 345 y 347

En el BOE del 18 de noviembre se ha publicado la Orden HFP/1106/2017, que incluye las siguientes novedades tributarias:
 
Nuevo modelo 190 del IRPF
 
Se aprueba el nuevo modelo 190, declaración del resumen anual del modelo 111 de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
 
Deberán presentar este modelo las empresas y autónomos que hayan presentado el modelo 111.
 
¿Qué modificaciones presenta el nuevo modelo 190?
 
– Destacan los nuevos campos, como el del correo electrónico de la persona de contacto, o las que diferencian las percepciones dinerarias según derivan o no de incapacidad laboral.
– La misma diferenciación se establece para las percepciones en especie.
– Se incluirán todas las becas exentas en virtud del art.7.j) de la Ley del IRPF, incluso las de cuantía inferior a 3.000 euros anuales.
 
¿Cuándo entran en vigor las modificaciones del modelo 190?
 
Las modificaciones serán de aplicación, por primera vez, para la presentación de la declaración anual correspondiente a 2017, que deberá presentarse entre el 1 y el 31 de enero de 2018.
 
Cambios en los plazos de presentación de los modelos 171, 184 y 345
 
a) Modelo 171: declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de cobros de cualquier documento
 
Plazo de presentación: entre el día 1 y el 31 del mes de enero de cada año, en relación con las operaciones que correspondan al año natural anterior.
 
b) Modelo 184. Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración informativa anual.
 
Plazo de presentación: entre el día 1 y el 31 del mes de enero de cada año, en relación con las rentas obtenidas por la entidad y de las rentas atribuibles a cada uno de sus miembros en el año natural inmediato anterior.
 
c) Modelo 345. Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de ahorro sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes y aportaciones.
 
Plazo de presentación: entre el día 1 y el 31 del mes de enero de cada año, en relación con las operaciones que correspondan al año natural anterior.
 
En aquellos supuestos en que por razones de carácter técnico no fuera posible efectuar la presentación por Internet en el plazo establecido reglamentariamente para cada declaración informativa, la presentación podrá efectuarse durante los cuatro días naturales siguientes al de finalización del plazo mencionado.
 
Los nuevos plazos de presentación serán de aplicación, por primera vez, para la presentación de las declaraciones anuales correspondientes a 2017 que se presentarán en enero de 2018.
 
Se mantiene el plazo de presentación del modelo 347 del ejercicio 2017
 
El modelo 347 de declaración de operaciones con terceras personas, cuyo plazo estaba previsto ser adelantado en enero, por el momento seguirá manteniendo su plazo de presentación en febrero.
 
Por tanto, el plazo de presentación del ejercicio 2017 será entre el día 1 y 28 de febrero de 2018, en relación con las operaciones realizadas durante el año natural anterior.
 
En aquellos supuestos en que por razones de carácter técnico no fuera posible efectuar la presentación por Internet en el plazo establecido reglamentariamente para cada declaración informativa, la presentación podrá efectuarse durante los cuatro días naturales siguientes al de finalización del plazo mencionado.
 
El nuevo plazo de presentación será de aplicación a la declaración anual de operaciones con terceras personas del ejercicio 2018 y siguientes (las que se presenten a partir de 2019), y será del 1 al 31 de enero de cada año.
 
Resolución de dudas e información
 
Para más información o aclaración de dudas, puede contactar con la Virginia Cirera (virginia.cirera@cinc.es).
 
Muy cordialmente,
 
CINC Asesoría de Empresas

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