Nuevas medidas de restricción en Cataluña: ¿a qué establecimientos afectan?

La Generalitat de Cataluña ha decretado nuevas restricciones con el fin de frenar la situación de pandemia actual causa por COVID-19, mediante la resolución SLT/2700/2020, de 29 d'octubre, publicada en el DOGC.
 
Estas medidas tienen efectos desde las 00.00h del viernes 30 de octubre y durante 15 días.
 

¿En qué consisten las nuevas restricciones?


Confinamiento perimetral en Cataluña: no se podrá abandonar el territorio de Cataluña y, desde las 6:00h del viernes hasta las 6:00h del lunes, habrá limitaciones en las entradas y salidas de los municipios. Sólo podrán circular aquellas personas que acrediten alguna de las excepciones a través de un certificado autorresposable de desplazamiento (desplazamientos del trabajo, retorno a la residencia habitual, fuerza, mayor, etc.).  
– Se prorroga el cierre de bares y restaurantes. Se permitirá el servicio de entrega a domicilio hasta las 23 horas.
– Se prorroga el cierre de centros de estética y servicios que impliquen un contacto personal, excepto peluquería y servicios esenciales, sanitarios o sociosanitarios. 
– Los comercios pequeños deberán reducir su aforo un 30%.
Deberán permanecer cerrados los siguientes comercios, locales y establecimientos:
 
  • Comercios superiores a 800 metros cuadrados.
  • Los centros comerciales, excepto: tiendas dedicadas a la alimentación y servicios esenciales.
  • Gimnasios y actividades deportivas.
  • Actividades extraescolares.
  • Bibliotecas y actividades culturales.
  • Cines y teatros.
– Los centros de trabajo deberán limitar al máximo la movilidad laboral (a través de medidas de flexibilidad laboral, entradas y salidas escalonadas, etc.) y priorizar el teletrabajo siempre que sea posible.
 

Certificado de desplazamiento autorresponsable


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