RD-Ley 4/2012 sobre el pago a los proveedores de ayuntamientos

Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

La grave situación de crisis económica ha generado una fuerte caída de la actividad económica y correlativamente una fuerte bajada en la recaudación de recursos por parte de entidades locales. Esto está ocasionado retrasos acumulados en el pago de las obligaciones que han contraído con sus proveedores, con la consiguiente incidencia negativa en la liquidez de las empresas. Por otra parte, siguen manteniéndose exigentes restricciones de acceso al crédito lo que unido a los retrasos mencionados dificulta la financiación de las empresas y su competitividad.

La escasa eficacia del Real Decreto-ley 5/2009, del 24 de abril y del Real Decreto-ley 8/2011, del 1 de julio, sumado a la acuciante situación de falta de liquidez han provocado la actuación inmediata de medidas urgentes y de carácter extraordinario.

Para ello, se establece la necesaria puesta en marcha, por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de un mecanismo ágil de pago y cancelación de deudas con proveedores de entidades locales y de su financiación. Esto permitirá: suministrar liquidez a las empresas, apoyar financieramente a las entidades locales afrontando el pago a largo plazo de sus deudas, complementado con la debida condicionalidad fiscal y financiera.

Desarrollo del procedimiento del pago de proveedores establecido en el RD-Ley 4/2012, de 24 de febrero

CINC
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